Mas, los medios fallaban a la hora de contextualizar tal noticia, de manera que quedaba sugerida (en terreno harto fértil) la abitrariedad israelí.
Contexto
- En Israel
El nombre de Mohammed Abu Khedir fue incluído en el Memorial de las Víctimas de Actos Terroristas, en el cementerio nacional del Monte Herzl, en Jerusalén, en Israel, en vísperas de la conmemoración de los soldados caídos y las víctimas del terrorismo de 2015. Sin embargo, su familia pidió que se retirara su nombre.
Israel condenó el asesinato, al que calificó de acto terrorista.
Pero no fueron sólo palabras.
Se juzgó el crimen.
Tras el juicio, uno de los perpetradores (17 años) del asesinato recibió una pena de cadena perpetua; otro (16), una pena de 21 años. El tercero aguarda evaluación psiquiátrica.
- En la Autoridad Palestina
La Autoridad Palestina a través de los medios oficiales de comunicación, y a través de sus lídres políticos y religiosos, incita al odio y a la violencia contra los judíos/israelíes.
La incitación provoca o estimula grandemente la acción.
Incitación constante. Sistemática. Para todas las edades.
Además, la Autoridad Palestina y la organización Fatah, que lidera Mahmoud Abbas, honran y glorifican a los terroristas palestinos. Desde el propio lenguaje utilizado para referirse a ellos: “mártires”, término honorífico para un musulmán que murió en llevando a cabo un mandamiento religioso (especialmente, la yihad – utilizada en el sentido de lucha externa contra los enemigos del islam -). Es decir, a la vez que la Autoridad palestina glorifica (e impone la figura del “mártir” como modelo a seguir), expresa sin ambigüedades el sentido que para ellos tiene el conflicto: religioso.
El mismo lenguaje orgulloso que reproduce la familia del terrorista, y la mayor parte de la sociedad palestina.
Pero no son sólo palabras; no son sólo nombres de calles o de torneos deportivos en honor a terroristas; no son sólo ceremonias de bienvenida a presos israelíes en cárceles israelies luego de haber sido juzgados por crímenes de sangre.
A todo esto, y para hacerlo aún más atractivo los objetos de la incitación y el adoctrinamiento, la Autoridad Palestina ofrece una remuneración, una retribución monetaria a quien lleve a cabo un acto terrorista.
Según explicaba el Jerusalem Center for Public Affairs, la Autoridad Palestina “recompensa generosamente a los atacantes y a sus familias. Un atacante puede ir a cometer un asesinato estando seguro de que si es arrestado, recibirá un salario mensual; que si es abatido, su familia recibirá una pensión mensual…”.
Y esa acción, es motivo de celebración.
Así pues, no es ninguna sorpresa que la Autoridad Palestina no juzgue a los terroristas palestinos que asesinan o hieren a israelíes/judíos. ¿Cómo habría de hacerlo, si los recompensa?
Entonces, ¿se ve la diferencia, entre un caso y otro?
¿Ahora puede llegar a vislumbrarse por qué, en el caso israelí – en cuyo caso los actos terroristas son, además, muy poco frecuentes -, la medida de derribar la casa del culpablees innecesaria?
En Israel el culpable está entre rejas.
Al culpable no se lo aplaude y premia oficialmente – la gran mayoría de la sociedad lo condena, lo repudia -.
Ni el culpable, ni su familia, recibien remuneración alguna en pago por su crimen.
Al terrorismo se lo llama terrorismo.