La irrelevancia de la realidad: “Estado de Palestina” y la cobertura mediática

El diario argentino Clarín informaba el 6 de enero de 2013:
“En un simbólico cambio político, la Autoridad Nacional Palestina decidió emplear a partir de ahora el nombre de Estado de Palestina en todos los documentos oficiales. […] De esta manera Palestina reafirma la nueva condición que le otorgó la Asamblea General de la ONU, al elevar su estatus a ‘Estado observador’.”
¿La noticia sólo da cuenta de un hecho? En el caso de Clarín, no. El medio añade una valoración equivocada: la Asamblea General de Naciones Unidas no puede conceder la estadidad; con lo cuál, Palestina no está reafirmando ninguna condición. La “condición” (su estatus en la ONU) sólo es relevante dentro del ámbito de Naciones Unidas, y sólo es un estatus frente a ese organismo internacional.
El medio argentino continuaba diciendo que:
“El cambio de estatus de Palestina tuvo un masivo apoyo en la Asamblea de la ONU, pero también generó un fuerte debate ya que Estados Unidos e Israel se opusieron enérgicamente. Inclusive a los pocos días de que se tomara esa decisión, las autoridades israelíes autorizaron como represalia la extensión de las colonias en territorio palestino.”
De esta manera, omitía mencionar que el acto fue una violación acuerdos bilaterales entre israelíes y palestinos. La oposición de Estados Unidos está basada en los textos de dichos acuerdos vinculantes (Véase más abajo).
Por su parte, el diario El Espectador, de Colombia, también recogía la noticia el mismo 6 de enero de 2013:
“Estas decisiones se producen luego del histórico voto en la Asamblea General de la ONU que acordó el 29 de noviembre de 2012 a los palestinos el estatuto de ‘Estado observador’ en el seno de Naciones Unidas, dejando en el pasado el de ‘entidad’ observadora, esto a pesar de las críticas de Estados Unidos y de Israel.”
Este medio tampoco aclara la incapacidad de la Asamblea General para otorgar la estadidad.
El mismo error contextual cometía la agencia de noticias Europa Press el 5 de enero de 2013:
“Hasta hoy se conocía como Autoridad Palestina a la organización administrativa que gobierna Cisjordania y Gaza –en este último caso ‘de iure’, ya que la Franja está actualmente bajo el control del movimiento islamista Hamás–. El cambio ha sido decretado a raíz del reconocimiento de Palestina como estado no miembro de Naciones Unidas el pasado 30 de noviembre, un estatus comparable al de la Santa Sede.”
La Autoridad Palestina, ¿administra o gobierna? Y ¿desde cuándo gobierna en Gaza?
Naciones Unidas y Estados
Antes que nada, por tanto, es necesario reiterar una vez más que la Asamblea General de la ONU no tiene capacidad para otorgar estadidad. Con lo cual, ningún “Estado Palestino” ha sido reconocido. Se trata sólo de un cambio de estatus ante dicha organización internacional.
Reid Smith explicaba, en su artículo Ramifications of the September General Assembly Vote on Palestinian Statehood, publicado en el Foreign Policy Journal el 13 de julio de 2011 que:
“… la Asamblea General no puede conceder la estadidad. La membresía a la ONU no está asegurada sin el consentimiento previo de los miembros del Consejo de Seguridad.”

Tal Becker, asesor jurídico israelí, apunta que:

“La entidad palestina no puede convertirse en un Estado dentro del derecho internacional mediante una mera declaración a tal efecto. Para ser elegible para [dicho] reconocimiento, se debe satisfacer un criterio legal específico. De hecho, bajo el derecho internacional, el reconocimiento de una entidad que claramente no cumple con este criterio constituye un acto inválido e ilegal”.

Según la Convención de Montevideo de 1933 (generalmente considerada como derecho internacional consuetudinario) una entidad debe, para ser reconocida como un estado soberano independiente:

1. Ejercer un control gubernamental efectivo e independiente.

2. Poseer un territorio definido sobre el cual ejerza dicho control.

3. Tener la capacidad para tomar parte de las relaciones exteriores.

4. Ejercer un control gubernamental independiente y efectivo sobre una población permanente.

La Declaración de Principios, en el punto de los Acuerdos para el Auto-Gobierno provisional, firmada por la OLP e Israel el 13 de Septiembre de 1993 estipula que la Autoridad Palestina tendría únicamente una competencia limitada. Es decir, que el primer punto ya no se cumple, puesto que el control no es, ni mucho menos, independiente, ni efectivo; ya que, además, no controla Gaza. Con lo cual, el cuarto punto tampoco se cumple; porque, además, Israel retiene, hasta tanto se firme el Estatus Permanente, poderes administrativos (es decir, el control de la Autoridad Palestina no es independiente).

Por otra parte, aunque Mahmoud Abbas proclame como fronteras las líneas de armisticio de 1967, la resolución 242 del Consejo de Seguridad estipula:

“Retiro de las fuerzas armadas israelíes de territorios que ocuparon durante el reciente conflicto;”

“De territorios” es muy diferente a la expresión “de los territorios”. Es decir, aún no existe frontera fija, y esta no puede ser impuesta por una de las partes (por demás, la parte palestina ha formado parte de las fuerzas agresoras enal menos tres guerras), sino que debe surgir como parte de un acuerdo negociado que lleve a la:

Terminación de todas las situaciones de beligerancia o alegaciones de su existencia, y respeto y reconocimiento de la soberanía, integridad territorial e independencia política de todos los Estados de la zona y su derecho a vivir en paz dentro de fronteras seguras y reconocidas y libres de amenazas o actos de fuerza…”

Es decir, el segundo punto, tampoco se cumple.

El Acuerdo Interino indica, además, que:

“Los poderes del Consejo se extenderán a todos los asuntos bajo su jurisdicción. Cabe señalar que no tendrá poderes en la esfera de las relaciones exteriores. Sin embargo, el acuerdo estipula un número de áreas en que la OLP puede, en nombre del Consejo, conducir negociaciones y firmar acuerdos (económicos, países donantes, desarrollo regional.)”

Una entidad que pretenda ser reconocida como estado, debe cumplir con los cuatro requisitos. Palestina no cumple, como mínimo, con dos. Y, en el trayecto que ha emprendido, viola, además, acuerdos internacionales y resoluciones de las propias Naciones Unidas. Esto demuestra que no hay una voluntad de cumplir con las normas internacionales, un dato no menor a la hora de evaluar el reconocimiento de estadidad.

Unilateralismo

A todo lo expreseado se suma el hecho de que todos los acuerdos entre Israel y los palestinos han demandado que las disputas entre las partes deben resolverse a través de negociaciones directas y no a través de terceras partes. La Declaración de Principios (13 de Septiembre de 1993), que formalizó el proceso de paz entre israelíes y palestinos, exige, en su Artículo XV que:

Las disputas derivadas de la aplicación o interpretación de esta Declaración de Principios, o de cualquier acuerdo subsiguiente relacionado con el período provisional, deben ser resueltas mediante negociaciones a través del Comité de Enlace Común que se establecerá de acuerdo con el Artículo X supra.”

Por su parte, Dore Gold, presidente del Jerusalem Center for Public Affairs y ex asesor para asuntos exteriores para el gobierno israelí, puntualiza que:

“… el Acuerdo Provisional Israelí-Palestino de 1995, que creó a la Autoridad Nacional Palestina, establece un principio fundamental: ‘Ninguna parte puede iniciar o tomar ningún paso que cambie el estatus de Cisjordania y Gaza, a la espera de los resultados de las negociaciones del Estatus Permanente’”.

Estas obligaciones fueron apoyadas por importantes miembros de la comunidad internacional (Unión Europea, Rusia, Estados Unidos, Egipto y Noruega) que, de hecho, fueron signatarios del Acuerdo Provisional en calidad de testigos.

El Cuarteto de Medio Oriente, por otra parte (Naciones Unidas, Unión Europea, Rusia y Estados Unidos), en una declaración emitida el 26 de junio de 2009, afirma que:

“… acciones unilaterales adoptadas por cualquiera de las partes no pueden [determinar de antemano] el resultado de las negociaciones y no serán reconocidas por la comunidad internacional”.

Así, una declaración unilateral de Estado, en lugar de una solución negociada del conflicto, no sólo sería una violación al Acuerdo, sino que podría afectar a la legalidad internacional, ya que, como destacó el profesor Malcolm Shaw (citado en el artículo de Gold), un “acto ilegal no puede producir derechos legales”.

¿El liderezgo palestino busca, mediante la deslegitimación de Israel, evitar las negociaciones? Negociar, significa ceder en algunos puntos y tomar en otros.

No negociar, una tradición consentida (y aplaudida)

A los palestinos, observa Alan Dershowitz, se les ofreció un estado en numerosas oportunidades: 1938, 1948, 2000 y 2007. En cada oportunidad, rechazaron la oferta, eligiendo, en su lugar, el camino de la violencia.

Una actitud que hace recordar a la resolución de Jartúm, de septiembre de 1967, aprobada por la Liga Árabe: no a la paz con Israel, no al reconocimiento de Israel, no a las negociaciones con Israel. Y que hace que uno se formule la siguiente pregunta: ¿cuál es el “Estado Palestino”? ¿Incluye a Gaza? ¿Incluye a Hamas, que no reconoce la existencia de Israel y ha prometido acabar con el Estado Judío?

Regresando a la negativa a negociar, fue Arafat quien abandonó Camp David en 2000 y lanzó la segunda Intifada. El Primer Ministro israelí, Ehud Barak, realizó concesiones impensadas en temas como la soberanía palestina sobre un sector de Jerusalén y la entrega de un 97% de la tierra reclamada por los palestinos.

Al poco tiempo, comenzaba la Segunda Intifada. Palestinian Media Watch trascribió una filmación donde Imad Faluij, Ministro de Comunicaciones de Arafat durante la segunda Intifada, explica:

“Quien piense que la Intifada comenzó debido a la detestable visita de Sharon a la Mezquita Al-Aqsa se ​​equivoca. […] Esta Intifada ya estaba planeada desde que el presidente [Arafat] regresó de las recientes conversaciones de Camp David [julio de 2000].”

La más reciente negativa fue en 2008, cuando Mahmoud Abbas rechazó una oferta de Ehud Olmert(que proponía hasta la división de Jerusalén) que se asemeja mucho a lo que ahora exige ante la ONU.

Condoleezza Rice, ex Secretaria de Estado de Estados Unidos, escribió al respecto en su libro No Higher Honor:

“¿Realmente estoy escuchando esto?, me pregunté. ¿El Primer Ministro israelí está diciendo que dividirá Jerusalén?”

En tanto, Michael Smith decía, el 26 de septiembre de 2012, en el New York Daily, que

“Israel ha tratado de reanudar las conversaciones con la Autoridad Palestina con el objetivo de una solución de dos estados, a partir de la cual Israel y un Estado palestino convivan en paz y seguridad. Pero Abbas (y antes que él, Arafat) y sus seguidores se niegan, ya que las negociaciones requieren compromiso.”

En el camino, se ha llegado a aceptar como algo natural y lógico el usufructo de mayorías automáticas (Smith hacía énfasis en que la Liga Árabe, con 22 votos, y el Movimiento de los No-Alineados, con 120, habían garantizdo su voto a Mahmoud Abbas) en la Asamblea Genera del la ONU. Estas mayorías lo son únicamente en el plano político (o ideológico), pero no en el legislativo: no son un reflejo de la legalidad internacional en lo más mínimo.

El 18 de diciembre, según dio a conocer UN Watch, la Asamblea General de Naciones Unidas adoptó nueve resoluciones sobre el Golán y los derechos palestinos, sin mencionar la masacre de palestinos a manos de la avición siria, cuando disparó misiles contra una mezquita en un campo de refugiados palestinos cercano a Damasco, el domingo anterior (16 de diciembre).

UN Watch también agregaba que:

“A finales de esta semana [la del 19 de diciembre de 2012], la actual sesión de 2012 de la Asamblea General de Naciones Unidas habrá adoptado 22 resoluciones específica para países sobre Israel – y sólo cuatro para el resto del mundo combinado, uno para Siria, Irán, Corea del Norte y Birmania.”

En Siria, según un informe de las propias Naciones Unidas – del que se hizo eco la BBC el 2 de enero de 2013 -, han muerto 60.000 personas desde el inicio de la represión en marzo de 2011.

¿Falta de ética o doble rasero en la ONU? ¿O ambos? Se trata de la misma Asamblea General que mejoró el estatus de la Autoridad Palestina en clara violación al derecho internacional. Pero esto , para la prensa hispana, no forma parte del contexto de la noticia que presentan.

¿Cómo se pueden obviar estos hechos necesarios para contextualizar la noticia? ¿Se puede prescindir de la realidad para reflejar la realidad? Y, si se prescinde de ella, o de buena parte de ella, ¿qué es lo que se le ofrece al lector?

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