Shlomo Slutzky, en su artículo Israel desafia a EEUU y avala la construcción en una colonia, en Clarín, del 23 de junio de 2009, escribe:
La colonización en juego fue construída a varios kilómetros de distancia de Talmón, un poblado que si bien fue aprobado formalmente por el gobierno israelí- sigue siendo ilegal desde el punto de vista de la ley internacional. Sucede que los tratados de Ginebra que contemplan la posibilidad de la ocupación temporaria de territorios en medio de un conflicto bélico, prohiben terminantemente la expulsión o el traslado de habitantes del lugar a otra zona, como así también el asentamiento de civiles del país ocupante en los territorios tomados, circunscribiendo la presencia “legítima” a agentes de seguridad del país ocupante, policías y soldados. (negritas nuestras)
La ley internacional a la que se refiere Slutzky es la Cuarta Convención de Ginebra Relativa a la Protección de Personas Civiles en Tiempos de Guerra, de agosto de 1949, que declara en el Artículo 49:
Las transferencias forzadas de masas o individuos, al igual que las deportaciones de personas protegidas que se sacan de territorios ocupados y se llevan al territorio del poder ocupante o a cualquier otro país se prohíben
y en el sexto párrafo del mismo Artículo:
El Poder Ocupante no debe deportar o transferir partes de su población civil al territorio que ocupa.
Slutzky ha representado falsamente esta declaración internacional y la ha usado torcidamente. Además, como señalaremos más abajo, ha inventado, en forma inexcusable, parte de su texto.
En primer lugar, la prohibición de traslado forzado o expulsión de la población del lugar a otra zona no es aplicable al caso de los asentamientos siendo que Israel no ha tomado tales medidas en ningún caso. En segundo lugar, en la sección 6, el Artículo explícitamente cita a la población civil del poder ocupante pero la única restricción que aplica es la prohibición de su traslado forzado, cosa que tampoco es el caso.
Es más, la frase: circunscribiendo la presencia “legítima” a agentes de seguridad del país ocupante, policías y soldados no es parte de esta declaración y no se encuentra en la Convención de Ginebra. Esta frase es completamente foránea a esta Convención y representa obviamente una invención por parte de Slutzky, quien se ha tomado la atribución de redactar por sí mismo la Convención de Ginebra,perjudicar la imagen de Israele, inexcusablemente,mal-informar a los lectores de Clarín.
Slutzky cita la ley internacional y la ley internacional que cita no aplica al caso de la construcción de colonias judías en los territorios de Cisjordania (o Judea y Samaria como también son llamados). Es más, Slutzky inventa un texto inexistente en esta ley y lo cita de facto.
Cualquiera que sea la posición que este periodista o cualquier otro grupo o persona albergue en cuanto a si es aconsejable políticamente proseguir con los asentamientos, los hechos legales son claros: estos asentamientos no son ilegales. Tratar de aplicar la ley escrita de la Convención de Ginebra cuando no aplica a este caso, tratar torcidamente de implicar que sí es aplicable, e inventar texto que no existe, son fallas inexcusables de un periodista en un diario de importancia como es Clarín. La falla en la ética profesional que el periodista Slutzky exhibe en este artículo es de orden mayor.
Consecuentemente, Clarín debería publicar una corrección a esta información errónea a la mayor brevedad.