Un personaje de la novela Cartas Marcadas, de Alejandro Dolina, decía que “mentir es un procedimiento penoso para mantener las cosas tal como están”, que “el cambio se evita con falsedades, negando los gradientes” y que, por el contrario, “la verdad precipita los acontecimientos”.
Tal vez sea así, o tal vez la mentira busque quebrantar la realidad para imponer otra, adulterada (puesto que nace de lo fraudulento) y claro está, ventajosa para quien la verbaliza.
En todo caso, la hipocresía (y las contradicciones que suelen surgir a menudo de éstas), parecen remedar un cambio, cada vez que quien incurre en ellas, se acomoda en la realidad en base a las mentiras que ha pergeñado.
“Nunca reconoceremos esto, y no estaremos de acuerdo con esto. Es nuestro derecho no reconocer a Israel como un Estado Judío”.
En la gran mayoría de los casos (por no decir en todos), a los medios se les olvidó mencionar un dato sumamente relevante:
La resolución 181 de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 1947 recomendaba la partición del Mandato británico de Palestina (su parte occidental, puesto que la oriental había sido concedida a la dinastía hachemita) en dos estados independientes: “un estado árabe y un estado judío y un régimen especial internacional para la ciudad de Jerusalén”.
Primera ironía: no a la partición, sí a todo
Julius Stone, en su libro Israel and Palestine: Assault on the Law of Nations, reproduce una cita textual de los autores del informe An Internacional Law Analysis of the Major United Nations Resolutions Concerning the Palestine Question (ST/SG/Ser F/4, N.Y.: 1979) donde aseguran:
“Los Estados árabes no sólo votaron en contra de la partición [de Palestina], sino que inicialmente sostuvieron que era inválida. Es por lo tanto significativo [sic] que subsecuentemente la hayan invocado para presentar sus argumentos legales a favor de los palestinos…”.
La resolución de la Asamblea General sí recibió el consentimiento del liderazgo nacional de la Comunidad Judía en Palestina.
Fueron, de esta manera, los propios estados árabes los que impidieron el establecimiento de un nuevo estado árabe en la región.
De hecho, los árabes pensaron que ganarían con facilidad, que sería una “masacre”, tal como lo expresara Azzam Pasha, Secretario General de la Liga Árabe:
“Esta guerra será una guerra de exterminio y una masacre trascendental, de la que se hablará como de las masacres mongolas y de las Cruzadas”.
El resultado de esa guerra fue la ocupación de Judea y Samaria (posteriormente denominada Cisjordania por el Reino Hachemita de Jordania) por parte Jordania, y de Gaza por parte de Egipto. Ninguno de estos dos estados se planteó en ningún momento la creación de un nuevo estado árabe en los territorios por ellos ocupados.
En palabras de Stone:
“… todas las bases para poner legalmente el plan en marcha fueron destruidas por los Estados árabes meses antes de la fecha señalada para las cuatro disposiciones territoriales propuestas”.
Y agregaba que:
“Como una mera resolución de las Naciones Unidas, la Resolución 181 (II) carece, ab initio (desde el inicio), de fuerza vinculante. Habría adquirido esta fuerza bajo el principio pacta sunt servanda [lo pactado obliga] si las partes en desacuerdo la hubieran aceptado. En tanto que el Estado de Israel expresó su voluntad de aceptarlo, los otros estados interesados lo rechazaron y levantaron sus armas ilegalmente contra la misma. … con lo que la Resolución de Partición nunca entró en vigor, ni en derecho ni de hecho, ya sea en cuanto a la proposición de Jerusalén como corpus separatum u en cuanto a otras disposiciones territoriales en Palestina”.
De esta manera, Stone estima que proponer que la Resolución 181 (II) puede tratarse como una fuerza vinculante (es decir, que supedita) “para beneficio de los mismos estados árabes que, con su agresión destruyeron [la propia resolución] viola ‘principios generales de la ley’… ”.
Segunda ironía: sí a la resolución de partición pero adulterada según convenga
El 6 de octubre de 2011 la agencia española de noticias EFE informaba que:
“‘¿Hasta cuándo tendrá que esperar el pueblo palestino?’, se preguntó Abbas, que recordó la resolución 181 de 1947, a favor de la creación de dos Estados en la región”.
Más claro, imposible
En la Carta de la OLP(de la cual Fatah – facción liderada por Mahomud Abbas que gobierna en la Autoridad Palestina – es miembro el miembro de más peso), por ejemplo, se han olvidado por completo de la resolución 181 que sí es proclamada en público, y dice, su primer y segundo artículos:
¿Es decir que el Mandato Británico la define como territorio? ¿Cómo es esto posible? El Mandato británico de Palestina establecía, en su artículo 2:
¿Alguno de los redactores de la carta de la OLP se habrá dado cuenta del sinsentido de lo manifestado en la misma? ¿Y algún periodista? Además, dicha carta, su artículo 21afirma que:
Un documento del Consejo de Derechos Humanos de la ONUdel 8 de marzo de 2011 señalaba que:
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Tercera hipocresía: exigiendo más de lo rechazado inicialmente
También relacionada a esta resolución, los medios de comunicación reproducen sin contexto y como si fuera una exigencia lógica y fundada, el reclamo de los líderes palestinos de Jerusalén Este como capital de un futuro estado.
Por ejemplo, la agencia española de noticias Europa Press indicaba el 4 de marzo de 2014:
“Asimismo, [Mahmoud Abbas] ha recalcado que Jerusalén Este debe ser reconocido como capital de Palestina como parte del acuerdo de paz…”.
. El 29 de noviembre de 1947 la Asamblea General, a instancias de las recomendaciones del Comité Especial de las Naciones Unidas para Palestina (UNSCOP por sus siglas en inglés), adoptó, la ya mencionada Resolución 181, en la que la parte III trata de la Ciudad de Jerusalén:
“La Ciudad de Jerusalén se establecerá como un corpus separatum bajo un régimen internacional especial y será administrada por las Naciones Unidas. El Consejo de Administración será designado para desempeñar las responsabilidades de la Autoridad Administrativa en nombre de las Naciones Unidas”.
Es decir, la ciudad no formaría parte ni del estado judío ni del estado árabe proyectados.
En cuanto a la duración de este régimen especial, la resolución establecía:
“El Estatuto elaborado por el consejo de Administración […] Permanecerá en vigor en primera instancia por un período de diez años […] Luego de la expiración de este plazo, todo el esquema se verá sujeto a examen por parte del Consejo de Administración de acuerdo a la experiencia adquirida durante su funcionamiento. Los residentes de la ciudad serán entonces libres de expresarse, por medio de un referéndum, sus deseos sobre posibles modificaciones en el régimen de la ciudad”.
Esta resolución indicaba que los residentes de la ciudad, luego de un plazo de 10 años decidirían su propio futuro.
Un documento del Ministerio de Exteriores Israelí da cuenta de la historia demográfica reciente de Jerusalén:
“Desde 1870 los judíos han constituido una mayoría en Jerusalén. En el primer censo de población llevado a cabo por las autoridades del Mandato Británico en 1922, se encontró que la ciudad estaba habitada por 62 mil personas – 34.100 judíos, 14.700 cristianos y 13.400 musulmanes. En el censo realizado por Israel y Jordania en 1961 la población resultó ser de 243.500 habitantes, de los cuales el 67.7% eran judíos. La proporción entre musulmanes y cristianos ha crecido a favor de los musulmanes desde 1967. […] En 1967 había 197.000 judíos en Jerusalén (74,2%) y 68.000 árabes (25,8%)”.
Es decir, durante el Mandato Británico la población árabe era 2,5 veces menor que la judía e, incluso, menor que la cristina.Recién comenzó a crecer marcadamente a partir de 1967, justamente cuando Israel tomó el control de Jerusalén Este, luego de la guerra de los Seis Días.
¿Cuál habría sido el resultado de ese referéndum?
Pero no sólo Jerusalén pasaría a poseer ese régimen especial, sino también Belén. Un dato nada despreciable que parece haber quedado olvidado en los márgenes de los libros no leídos de la historia. Así, ¿está Belén ocupada por los palestinos?
Que el liderazgo palestino opte por las falacias (véase también aquí), por las distorciones, la falsificación de la historia (o aquí) y el doble discurso (también aquí), no quiere decir que el periodismo deba presentar lo fraudulento como verídico o válido, como un hecho contrastado o legítimo. Las resoluciones que tanto nombran tienen un texto que no cambia con el tiempo ni los deseos soñados; y las declaraciones pasadas de los líderes palestinos están en internet o en cualquier hemeroteca. En definitiva, los hechos son los que son.